Sara Barrasa Garcíaa
aUniversidad Complutense de Madrid, España: ORCID, e-mail, web site
Recibido: 16 de julio del 2022 | Aceptado: 17 de julio del 2022 | Publicado: 31 de agosto de 2022
Resumen
Esta obra colectiva presenta el tema, escasamente abordado, de la presencia del concepto de paisaje en la legislación mexicana. Inicia con una introducción, por parte de los coordinadores del libro, que nos pone en contexto sobre el uso del término y su poca presencia en la normatividad en México, presentando las posibles explicaciones a esta situación. A través de 10 capítulos, once autores y autoras narran sus puntos de vista sobre este binomio paisaje/legislación desde diversas aproximaciones conceptuales: la arquitectura, la geografía, el patrimonio, la ecología, el derecho; para acabar con dos ejemplos de iniciativas específicas como son los Catálogos de Paisaje de Cataluña y la Iniciativa Latinoamericana del Paisaje.
Palabras clave: derecho al paisaje, legislación ambiental, paisajes bioculturales.
Abstract
This collective work presents the scarcely addressed topic of the presence of the concept of landscape in Mexican legislation. It begins with an introduction, by the book’s coordinators, which puts us in context about the use of the term and its scarce presence in Mexican law, presenting possible explanations for this situation. Through 10 chapters, eleven authors narrate their points of view on this landscape/legislation binomial from different conceptual approaches: architecture, geography, heritage, ecology, law, to end with two examples of specific initiatives such as the Landscape Catalogs of Catalonia and the Latin American Landscape Initiative.
Keywords: right to landscape, environmental legislation, biocultural landscapes.
Reseña
Este libro nace a partir de la realización del “Primer Foro Internacional: Hacia la construcción de una ley de paisaje en México”, celebrado en 2017 en la Ciudad de México. Constituye un primer paso en la exploración y el necesario análisis sobre un tema escasamente tratado: la ausencia del paisaje en el conjunto de las leyes mexicanas.
La diversidad disciplinar y de visiones académicas de los autores de los capítulos que constituyen la obra, permite un recorrido desde el origen del concepto de paisaje, su valor en la historia reciente de México, su escasa y confusa presencia en el cuerpo jurídico mexicano, y la complejidad asociada al no constituirse como objeto de derecho.
No podemos olvidar que la idea de paisaje es dinámica como el paisaje mismo, y que, como en toda obra colectiva, la definición de este cambia al avanzar por los diversos capítulos, llegando a encontrarnos con aproximaciones diversas, incluso contradictorias, quedando de manifiesto, por otro lado, que hay una ausencia de conceptualización desde la ciencia del Derecho.
El libro parte del paisaje hacia la legislación, en orden inverso a como se plantea en el título, siendo por otra parte esto necesario, dado que permite ir desgranando un término holístico e integral como es el paisaje, con una gran diversidad de acepciones para poder llegar al análisis de su limitada presencia en el ámbito jurídico.
Transita del análisis de su conceptualización y sus representaciones desde tiempos prehispánicos hasta el México contemporáneo, desde sus montañas a sus valles pasando por su valor biocultural; de la patrimonialización social del paisaje al ordenamiento ecológico del territorio, la ecología rizomática o la propuesta de entenderlo como un derecho cultural. Todo ello para llegar al punto fundamental de este libro: ¿es o puede ser el paisaje objeto de derecho? ¿es factible una protección legal del paisaje? ¿está ya presente en la legislación en México? ¿es necesaria una Ley de Paisaje?
Constatamos una cierta dispersión jurídica asociada a la falta de concreción conceptual en torno a ello: el arte jurídico requiere centrarse en objetos (los objetos de derecho) y el concepto polisémico e intangible de paisaje no contribuye a facilitarlo. Encontramos, tanto en los capítulos de este libro, como en la literatura y las normas, que paisaje se usa como sinónimo de “medio” “medioambiente”, “entorno”, “ecosistema”, y aparece legislado de manera difusa dentro de normas de protección y conservación de la naturaleza, del patrimonio cultural o de los derechos humanos (de tercera generación). Desde finales del siglo XIX, México tiene leyes para la creación de las primeras áreas protegidas; ya en el siglo XX, aparecen leyes que hacen referencia a monumentos y lugares de belleza natural, patrimonio histórico-cultural o arqueológico, pero no se menciona al paisaje de manera explícita. Es significativo también que este no apareció en las primeras versiones de la norma fundamental en cuestiones ambientales, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente (LGEEPA) de 1988, dado que este término no se incorpora hasta la actualización de 2006, y ello de manera sucinta. Encontramos, en varios capítulos de este libro en los que se menciona (y uno de ellos lo desarrolla en detalle), la iniciativa para la modificación de la LGEEPA, en donde se propuso la introducción de una nueva categoría de área natural protegida, como son los Paisajes Bioculturales. Hoy sabemos que esta iniciativa no prosperó.
De manera recurrente se hace referencia, a lo largo del libro, al Convenio Europeo de Paisaje (CEP) como modelo a copiar o adaptar. Este es un ejemplo de cómo en Europa se ha integrado el paisaje en el marco normativo, siendo la base para la orientación de las leyes nacionales y regionales de los 37 países miembro. Esto se ilustra con un capítulo de cierre sobre los Catálogos de Paisaje de Cataluña, iniciativa que deriva del Convenio y de la Ley de Paisaje autonómica que lo regula. Otro ejemplo, en un contexto territorial más próximo, es la Iniciativa Latinoamericana del Paisaje (LALI) donde se demuestra el papel del paisaje como componente fundamental y vertebrador del bienestar colectivo, destacando nuevas formas de conseguir acuerdos, de actuar de abajo a arriba (bottom-up), de cooperar entre actores de manera horizontal, destacando la importancia de los procesos participativos.
Como hemos mencionado, encontramos infinidad de definiciones y aseveraciones que pueden llegar a ser confusas o muy cuestionadas, que incluso parecen riesgosas al presentar una obra como esta, basada en dos pilares centrales: el propio paisaje, por una parte, y el derecho, por otra (todo ello con la intención final de integrarlas, y con un elenco de autores que provienen de disciplinas heterogéneas). Sin embargo, esto no debe entenderse como una debilidad, sino que se presenta como una oportunidad para el lector de explorar la diversidad conceptual y, sobre todo por lo novedoso, la complejidad legal que acompaña a toda propuesta en el ámbito jurídico.
Es la primera vez que se habla del derecho al paisaje en México; y este libro, que recibió el Premio al mejor trabajo teórico en la IV Bienal Latinoamericana del Paisaje en 2020, abre caminos para mantener el “debate abierto” que plantea el título. Confiamos en que no quede en el olvido de las estanterías de las bibliotecas.