The Charter of Venice in the 21 st century
Francisco Javier López Morales
Director de Patrimonio Mundial, Instituto Nacional de Antropología e Historia de México.
Arquitecto por la Universidad Nacional Autónoma de México y Doctorado de 3er. Ciclo en Estudios Urbanos y Planificación por la Universidad de Ciencias Sociales, del Instituto de Urbanismo y Planificación de Grenoble, Francia. Asesor de la Delegación Mexicana del Comité del Patrimonio Mundial desde el año 1996 a la fecha. Ha participado en la inscripción de 19 bienes mexicanos reconocidos Patrimonio Mundial. De 1995 a 1999, fue experto Consultor para la evaluación de Sitios y Monumentos propuestos para la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO. Actualmente es Director de Patrimonio Mundial del INAH. Email: panchol08@gmail.com
Recibido: 10 de Octubre de 2015
Aceptado: 28 de Octubre de 2015
Disponible en línea: 01 de Enero de 2016
CC BY-NC-ND
Resumen
La Carta de Venecia (1964) significó hace 50 años un importante paso para la aplicación, en el ámbito mundial, de principios normativos en cuanto a la teoría y la práctica de la restauración arquitectónica. El objetivo de este artículo es presentar y reconocer, a cincuenta años de su promulgación, la importancia e influencia de la Carta de Venecia en la teoría y práctica de la restauración y conservación urbano-arquitectónica. Este estudio es el resultado del análisis deductivo de los hechos que se han evidenciado a lo largo del medio siglo de existencia del documento. Podemos afirmar, que hasta el día de hoy, sus enunciados y definiciones tienen validez universal, gracias a que sus postulados técnicos, marcaron la pauta para que los criterios, la filosofía y los métodos tuvieran una noción más amplia tanto de los monumentos como de los centros históricos y por ende, su consecuente rescate, conservación y puesta en valor. La aplicación de los postulados doctrinales de la Carta de Venecia ha experimentado una tenaz y permanente evolución de conceptos. Estos van desde la manera más vasta de mirar a los monumentos y los sitios patrimoniales, incluyendo al territorio, a los paisajes e itinerarios culturales, hasta las nuevas nociones de rescate, restauración, conservación y salvaguardia, conforme a la transformación de la vida social, económica, cultural y turística de las zonas monumentales, sumándose a esto, el impacto que ha tenido en la formación técnica multidisciplinaria de los responsables de su resguardo.
Palabras clave: Conservación arquitectónica, La Carta de Venecia, Normativa internacional para la conservación del patrimonio.
Abstract
The Venice Charter (1964) meant -50 years ago- an important step for the worldwide application of normative principles as for theory and the practice of the architectural restoration. The objective of this article is to present and to recognize, fifty years after its promulgation, the importance and the influence of the Venice Charter in the theory and practice of the restoration and urban-architectural conservation. This study is the result of the deductive analysis of the facts that have been evidenced along the half century of existence of this document. We can affirm that to the date that its statements and definitions have universal validity because its technical postulates set the tone so that the criteria, the philosophy and the methods had a wider notion of the monuments as well as of the historic centers: their consequent rescue, conservation and enhancement. The application of the doctrinal postulates of the Venice Charter has experienced a relentless and permanent evolution of concepts. These range from the diverse ways of looking at the monuments and the heritage sites, including the territory, to the landscapes and cultural routes, to the new notions of rescue, restoration, conservation and safeguarding, according to the transformation of the social, economic, cultural and tourist life of the monument areas, adding to this, the impact that it has had in the multidisciplinary technical formation of the responsible for their safeguarding.
Keywords: Architectural conservation, The Venice Charter, International regulations for the conservation of heritage.
Introducción
En el siglo xxi, el concepto de los bienes patrimoniales es reconocible de forma inherente y efímera en nuestra identidad individual y colectiva. El patrimonio cultural y natural, en estado virgen y modelado por el hombre a lo largo de los siglos es el testigo mudo de las grandezas y miserias de un pueblo. Es también hoy el referente que marcará inevitablemente a los hombres de nuestro tiempo; este legado recibido de las generaciones pasadas nos obliga moralmente a preservarlo para nuestros hijos.
La normalización de criterios para la conservación del patrimonio inició con la Carta de Atenas en 1931. Posteriormente se vio obstaculizada durante la Segunda Guerra Mundial (WWII 1939-1945), brecha que duró hasta la década de 1960. Los años posteriores al conflicto bélico son los años de la “reconstrucción”, en los que se afrontan arduos problemas que dan lugar a una revisión de los principios de la “restauración científica” y la codificación italiana del “restauro crítico”. Al mismo tiempo, se reanuda e intensifica la cooperación internacional con la fundación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), organismo del que surge la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). La fuerte idea que a través de la cultura se podía construir una paz duradera en el mundo, ha hecho actualmente de la UNESCO una de las agencias más fuertes de la ONU. El período heroico de su fundación y la utopía que estaba subyacente todavía nos alimentan el sueño. Es con la UNESCO que la cultura está institucionalizada por primera vez en el ámbito internacional.
También se comienzan a celebrar congresos internacionales, como el promovido por la Unión Internacional de Arquitectos (Moscú, 1958) o el Convenio de la Federación Internacional de la Casa y del Urbanismo (Santiago de Compostela, 1961).
Dentro de este nuevo contexto, se siente la necesidad de elaborar un documento de carácter internacional sobre conservación y restauración, que respondiera a esa situación y que actualizara los contenidos doctrinales de la Carta de Atenas. Esta finalidad se cumple satisfactoriamente con la publicación, en 1964, de la Carta de Venecia o Carta Internacional para la Conservación y Restauración de Monumentos, documento que sigue actualmente vigente y es universalmente aceptado.
El objetivo de este artículo es presentar la influencia de la Carta de Venecia en la normativa de la conservación y la restauración de monumentos. La Carta de Venecia se emite como conclusión final del Congreso Internacional de Arquitectos y Técnicos de los Monumentos Históricos, celebrado en Venecia del 25 al 31 de mayo de 1964.
En Mayo de 1964, Raymond Lemaire formó un pequeño grupo antes iniciar el Congreso Internacional de Arquitectos y Técnicos de los Monumentos Históricos, para esbozar manuscrito preliminar de la Carta de Venecia. Este informe general fue redactado por Raymond Lemaire con aportaciones importantes de Roberto Pane y Piero Gazzola y un preámbulo de por Paul Philippot. Estos dos últimos fueron los que abrieron el debate científico. De ese encuentro de ideas surgieron los conceptos que fundamentaron la ya célebre Carta de Venecia y fueron el punto de partida de “la mirada hacia atrás” que dirige, a una etapa determinante, la evolución de las ideas en materia de patrimonio.
En dicho documento, la noción de monumento que privaba y que hoy estamos seguros, trasciende a la Carta, corresponde a las obras sobresalientes de la producción arquitectónica del pasado: construcciones celebradas por la historia y por la crítica, que gozan del reconocimiento oficial por sus cualidades artísticas. Este reconocimiento, es preciso señalar, concierne habitualmente al aparato estatal que determina lo que es digno de protección y salvaguardia legal, no a la sociedad, que por lo general se queda en los márgenes y no en el centro de los debates encaminados a la identificación de su propio legado.
Como señalaba el arquitecto Aceves (2004), la concepción “clásica” de lo monumental que dominaba en el congreso, hacía persistir la visión arqueológica de lo antiguo y la visión museográfica de lo precioso. Los restauradores y museógrafos, la gente del Consejo Internacional de Museos (ICOM) y del Instituto Central del Restauro (ICR) que habían sido influenciados por Brandi (1963/1988) señalaban:
“[…] entre las obras de arte se encuentran las que tienen estructuralmente una razón funcional, como la arquitectura y en general las llamadas artes aplicadas, y resulta claramente que el restablecimiento de la funcionalidad, que entra en el campo del restauro, representa sólo una faceta secundaria o concomitante, jamás la primordial o fundamental que corresponde a la obra de arte en cuanto obra de arte.”
Es debido a esta percepción del patrimonio monumental (arquitectónico), por lo que se aprecia en la Carta de Venecia un trato a lo edificado como si fuera un objeto de museo al que se le pueden aplicar los principios de la restauración de los bienes artísticos y de los objetos arqueológicos.
Método
Las reflexiones presentadas en este artículo fueron inferidas siguiendo argumentaciones deductivas, a partir del estudio detallado de la Carta de Venecia y la serie de hechos que se han evidenciado en los últimos cincuenta años posteriores a su proclamación. Primero se presentan los cuatro puntos fundamentales de dicha carta, seguido por las principales aportaciones así como las omisiones, finalmente se mencionan aspectos sobre los cuales es necesario trabajar en la actualidad.
El Debate en la Carta de Venecia
La Carta de Venecia se desarrolló bajo cuatro puntos fundamentales, temas tratados en las 36 comunicaciones presentadas en el informe general introductorio del “Congreso Internacional de Restauración” (Venecia, 25-31 de mayo 1964). Estos cuatro ejes fundamentales se mencionan a continuación:
1. La definición de monumento y sus valores. Es incuestionablemente oportuno clarificar la noción de “monumento” que se convierte en un término con valor jurídico a través de las leyes tendentes a conservar los edificios del pasado. Se propone de forma destacada fijar el concepto de “monumento” mediante datos que escapen a las fluctuaciones del pensamiento y del sentimiento: la obra original, la dimensión del tiempo, la evolución de su valor, su entorno y su valor simbólico.
La Carta de Venecia, en su artículo 1°, define al monumento histórico como:
“[…] la creación arquitectónica aislada así como el conjunto urbano o rural que dá testimonio de una civilización particular, de una evolución significativa, o de un acontecimiento histórico. Se refiere no sólo a las grandes creaciones sino también a las obras modestas que han adquirido con el tiempo una significación cultural”.
2. El movimiento y la sociedad de hoy en día. El desarrollo de la cultura en todas las capas de la población y la extensión del turismo se encuentran, sin duda alguna, en el origen del reconocimiento de la función social del monumento.
En su artículo 5°, la Carta de Venecia menciona que,
“[…] la conservación de monumentos siempre resulta favorecida por su dedicación a una función útil a la sociedad; tal dedicación es por supuesto deseable pero no puede alterar la ordenación o decoración de los edificios. Dentro de estos límites es donde se debe concebir y autorizar los acondicionamientos exigidos por la evolución de los usos y costumbres”.
3. El monumento y su entorno. Las cuestiones relativas a la necesidad de integrar la arquitectura contemporánea en el contexto urbano y de salvaguardar el valor activo de los monumentos en la vida actual son ampliamente tratadas. Como se señala en el artículo 14°, “Los lugares monumentales deben ser objeto de atenciones especiales a fin de salvaguardar su integridad y de asegurar su saneamiento, su tratamiento y su realce. […]”
4. La doctrina de la conservación. Los informes presentados sobre este tema son los más innovadores. El proyecto de Piero Gazzola y Roberto Pane de modificación de la Carta de Atenas de 1938 se presenta en forma de una suma de reflexiones fundamentales en torno a la “Carta de Restauro” de Italia, las cuales serán examinadas en comisión restringida bajo la presidencia del Secretario General del Congreso. Se lanza también la idea de crear un órgano internacional de difusión de ideas e informaciones relativas a la doctrina y a las técnicas de la restauración de monumentos. La creación del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS) tendrá lugar un año después –1965– en Cracovia.
En 1964, la Carta de Venecia definió una serie de principios teórico-doctrinarios para las intervenciones de conservación y restauración de monumentos y sitios. Si bien los autores de esta carta reconocieron que no trataban de establecer un dogma que fuera de validez universal y de carácter inmutable, el documento ha servido de guía a expertos y profesionales durante 50 años. Todo aquello que no estaba dicho en la Carta de Venecia fue apareciendo gradualmente en forma de documentos; éstos, en su conjunto, constituyen hoy un corpus teórico y una guía operativa para la acción.
Las aportaciones de la Carta
Ciertos impulsores de los manifiestos en los que se fincan los principios morales que le dieron fuerza de convicción y vigencia a la Carta de Venecia, proponían una concepción mucho más cercana a lo que hoy entendemos como bienes arquitectónicos y urbanos. Durante el Congreso, existió un grupo dotado de una gran autoridad y solvencia que entendía al monumento como arquitectura viva y útil a la sociedad, y al centro histórico como componente fundamental de la ciudad sometida a las tensiones urbanas de nuestro tiempo, y no como limbo donde nada podía cambiar. Al respecto, Aceves (2004) mencionaba en conversaciones personales a propósito de los 40 años de la Carta de Venecia: “Entre los participantes al Congreso de Venecia había un grupo que no compartía la visión general, y que tenía una idea más avanzada, más incluyente y más justa del monumento, del asentamiento histórico, del contexto y del territorio usado por el hombre”.
El “monumento” engloba, además de valores históricos-artísticos, un sinfín de significados culturales; incluso, durante el Congreso en Venecia se llegó a proponer, aunque sin resultado, la sustitución de la palabra “monumento” por la expresión “bien cultural”, que ya se había adoptado en la Convención Internacional de la Haya de 1954.
Otro tema discutible ha sido la interpretación de la tutela ambiental establecida en la Carta de Venecia. Según señala Giuseppe Fiango (1966), el documento veneciano parece establecer dos niveles de tutela ambiental: (1) por una parte, el que busca la salvaguardia del ambiente histórico, de la totalidad de los tejidos históricos, localizados o difusos, y por otra, (2) el que tiene como prioridad lo nuevo de los “sitios monumentales” respecto a la generalidad del tejido histórico y, como consecuencia, del “monumento”.
Desde la perspectiva de la evolución de la doctrina de la restauración monumental, la Carta de Venecia se mantiene dentro de los principios de la “restauración científica” que matiza y actualiza en algunos aspectos. Contando con el auxilio de todas la ciencias y técnicas útiles para el mantenimiento del patrimonio monumental, la finalidad de la conservación y restauración se centra en “salvaguardar tanto la obra de arte como el documento histórico”, es decir, se afirma la doble naturaleza (histórica y artística) del monumento, como venía reclamando el “restauro crítico”.
La Carta de Venecia examina separadamente la “conservación” y la “restauración”. La “conservación” se considera ante todo como un “mantenimiento sistemático” del monumento, a través de su utilización moderna que, sin embargo, “no debe alterar la distribución y el aspecto del edificio”. La “restauración” es considerada como un “proceso que debe tener un carácter excepcional”, cuya “finalidad es la de conservar y poner de relieve los valores formales e históricos del monumento, y se fundamenta en el respeto a los elementos antiguos y a las partes auténticas”. Aquí es importante mencionar, otra veta que no fue ni siquiera explorada en el temario final de la Carta de Venecia pero que se expuso en los debates, corresponde al cociente creativo presente en los proyectos y obras de restauración monumental y urbana. Una mayoría de asistentes al Congreso de Venecia consideraba conveniente que los arquitectos empeñados en estas tareas inhibieran su creatividad o mejor que fueran incapaces de incorporar la voz del presente en el coro de lo construido.
Gazzola y Pane (1964) comentaban en su propuesta para la Carta Internacional de Restauro:
“[…] es claro que cuanto se pueda agregar, por motivos de conservación o de utilización práctica, constituye en sí una alteración más o menos inevitable y que en esto no sea posible establecer normas claras. Es también evidente que el uso de ciertos expedientes como los de admitir formas anodinas y neutras porque consideran que «estas no molestan» han dado lugar siempre a las peores soluciones”.
Por lo que se refiere a los procedimientos técnicos de restauración, la Carta de Venecia sigue recomendado el empleo de “materiales y técnicas modernas”. En cuanto a los “añadidos” o estratificaciones presentes en el monumento, la Carta de Venecia afirma como principio general que “deben respetarse todas las aportaciones que definen la configuración actual de un monumento, sin consideración de la época a la que pertenezcan, dado que la «unidad de estilo» no es el fin de la restauración” (Gazzola y Pane, 1964).
Hay que recordar que la generación de la mayoría de los participantes en el Congreso de Venecia había sufrido la guerra mundial, había visto sus ciudades y monumentos dañados o destruidos y había sufrido también la posguerra, donde la reconstrucción salvaje, la especulación urbana y los programas de “revitalización o renovación” de sectores históricos, dañaron o destruyeron tanto como las acciones bélicas. Estos problemas se plantearon en las primeras propuestas del documento, sin embargo no concitaron el interés general. En este tema, Gazzola y Pane (1964) decían en el manifiesto que:
“[…] bajo el pretexto de sanear un ambiente urbano o crear para el monumento condiciones más favorables de visibilidad, muy a menudo se enmascaran programas de especulación para realizarse a través de la edilicia de substitución […] Hacemos notar que el cuidado de los valores ambientales y los cambios que pueden requerirse en nombre del interés público, son materia de la más moderna cultura urbanística.”
Continua llamando la atención que en la Carta de Venecia no se hiciera referencia a la participación de la comunidad en las iniciativas de restauración monumental o en los programas de recuperación en sectores urbanos históricos, cuando ya existían experiencias exitosas de amplias alianzas entre diversos estratos de la población, y cuando en la reunión estaban representadas organizaciones de la sociedad civil empeñadas en la salvaguarda y conservación de los bienes arquitectónicos y ambientales como el National Trust de Gran Bretaña y la Societa Italia Nostra.
A pesar de todo, la Carta de Venecia es un documento histórico que engloba más de cien años de reflexión y análisis, y sobre todo, el trabajo de profesionales, historiadores, arqueólogos, arquitectos y especialistas de la cultura. Se trata de un documento en apariencia breve y simple pero que resume cien años de pensamiento sobre la conservación patrimonial. Desde una perspectiva cronológica, se trata de un documento concebido por y para europeos en la década de los años 60; hoy el mundo es diferente y ha cambiado tanto como nuestras necesidades.
Gracias a una gran variedad de instrumentos normativos emanados de instituciones internacionales como el ICOMOS, el ICCROM o la UNESCO, particularmente la Convención del Patrimonio Mundial, el concepto de patrimonio se ha extendió en todo el mundo en los últimos años. Actualmente existen mecanismos en todos los países para la protección del patrimonio en todas sus formas, y la conservación ha sido una de las mayores políticas públicas en todos los países. Si bien la Carta de Venecia no tuvo como principio la diversidad cultural, sí vislumbró desde los años sesenta esta transición hacia una conciencia conservacionista.
La evolución de las políticas de conservación
En la perspectiva del “año europeo del patrimonio” que sería proclamado en 1975 por el Consejo de Europa, Lemaire, Sorlin y Gazzola (1973) vierte en un informe, fechado en abril de 1973, las primeras ideas para la redacción de una carta europea y unas recomendaciones que, efectivamente, permitirán clausurar dignamente este evento bajo la denominación de “Carta de Ámsterdam” (ICOMOS, 1975).
Este importante documento se apoya en la definición de patrimonio arquitectónico teniendo en cuenta la evolución y la ampliación del concepto de éste, a fin de analizar sus consecuencias sobre los medios de actuación. Al lado de las dimensiones culturales y sociales tradicionalmente atribuidas al patrimonio, introduce especialmente las concernientes a su valor económico, insistiendo sobre la creciente importancia del turismo cultural.
Si bien la Carta de Venecia no aborda en su contenido el tema del turismo, tema por demás significativo en nuestro tiempo, ésta se ha convertido de facto en un Código Oficial en el campo de la Conservación de los Bienes Culturales, un documento imprescindible de validación que debe reafirmarse conforme el tiempo pasa.
Foramitti (1990), en la reunión de Lausana en 1990 (Suiza), manifestó la necesidad de integrar un grupo de trabajo con el fin de actualizar la doctrina y filosofía de la Carta, subrayando que para el futuro el texto debería abordar una visión interdisciplinaria con una perspectiva regional y nacional a efecto de encontrar mejores soluciones para las necesidades de las nuevas generaciones y con una óptica abierta más que una visión técnica y estrecha.
Esa misma inquietud fue expresada en su momento por Erder (1986), quien expresó la necesidad de abordar los temas desde una visión semántica que abriera nuevas perspectivas: Monumento, Autenticidad, Integridad, Reparación, Rehabilitación, Reconstrucción, Reciclaje, Reversibilidad.
En tiempos más recientes, a cuatro décadas de la Carta de Venecia, Michael Petzet (1994), ex presidente de ICOMOS, publicaba los Principios de Conservación en alusión a diversas cartas internacionales. Varias fueron las interrogantes que se exponían en ese documento: ¿conservación o manejo?, cómo controlar, administrar, dar seguimiento, disponer, gobernar, dirigir o conducir los principios de conservación de bienes culturales. El texto posee un enfoque plural y asocia en un todo los valores materiales e inmateriales de los bienes culturales. En cualquier caso, la publicación hoy constituye un hito fundamental en la historia de la conservación y restauración de monumentos, que marcará un antes y un después en la doctrina de los principios de la preservación del patrimonio cultural.
Desde el punto de vista doctrinal, podemos decir que la Carta de Venecia se mantuvo en línea con la “restauración científica”, cuyos principios permitieron transmitir la “autenticidad” del legado monumental. La complejidad de este último criterio (autenticidad) provoca en muchos casos, situaciones sumamente paradójicas. Por ejemplo, desde un punto de vista estético, se suele afirmar que una obra de arte vive de la propia integridad orgánica, que pierde si se la priva de una de sus partes. Pero desde un punto de vista arqueológico e histórico, se piensa que aunque la misma obra haya perdido alguna de sus partes ésta todavía es auténticamente original, siempre que su soporte material o al menos parte del mismo, haya sido indiscerniblemente el mismo a través de los años.
Auténtico significa históricamente original. Probar que un objeto es original significa considerarlo como signo de sus propios orígenes. En la Edad Media se usó repetidamente el término authenticus, pero en la mayoría de los casos la palabra no significó “original“ sino “verdadero”. Autenthicus denota el valor, la autoridad, la credibilidad, no su origen. Según Benjamín (1934), en los comienzos del arte occidental europeo el polo dominante en las obras de arte fue el del “aura“, el “valor para el culto“, pero este hecho ha cambiado a lo largo de la historia. El “valor para la exhibición” ha ido venciendo este dominio; el aura de una obra humana consiste en el carácter irrepetible y perenne de su unicidad o singularidad.
Hollis (2012), mencionó en alusión a la pintura de Cole (1838), que la historia de la arquitectura es una letanía de obras maestras inalterables e inalteradas, desde las Grandes pirámides de Guiza hasta sus descendientes de cristal en París o Las Vegas. Loos, observó que la arquitectura no tiene su origen en la vivienda como se podría esperar, sino en el monumento. Las casas de nuestros antepasados, que eran respuestas contingentes a sus necesidades en continuo cambio, han perecido. Sus tumbas y templos, concebidos para durar la eternidad de la muerte y de los dioses, se han conservado, y son ellos los que forman el canon de la historia de la arquitectura. Vitrubio (1741) afirmó que la arquitectura era perfecta cuando poseía firmeza, utilidad y belleza en un delicado equilibrio, por su parte Alberti (1485) agregó en el renacimiento que la belleza perfecta es aquella a la cual no se puede añadir ni quitar nada.
Conclusiones
Hoy es necesario un llamamiento a la comunidad internacional para hacer una reflexión rigurosa y actualizada sobre los propios fundamentos de la doctrina. Las cartas están de moda; se supone que contribuyen a dirigir la acción. Sin embargo, jamás contienen más que el mínimo sobre el cual está de acuerdo la mayoría. Sólo de forma excepcional abarcan la totalidad del problema que les atañe. Así ocurre con la Carta de Venecia. Redactada por algunos especialistas que pertenecían a la misma corriente doctrinal, cada uno de ellos creía que la filosofía y la ética que subyacía en el texto de la carta tenía un valor universal, si bien de origen occidental.
Tabla 1. Cartas internacionales.
Cartas | Año de publicación |
Carta de Atenas | 1931 |
Convención de la Haya. (para la protección en caso de conflicto armado) | 1954 |
Carta de Venecia | 1964 |
Convención del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural | 1972 |
Confrontación de Bolonia. (la dimensión social de la conservación de los centros históricos) | 1974 |
Resolución de Santo Domingo. (sobre la conservación y restauración del patrimonio monumental de los periodos colonial y republicano) | 1974 |
Resolución de Brujas. (principios de rehabilitación de las ciudades históricas) | 1975 |
Recomendación de Nairobi. (relativa a la salvaguardia de los conjuntos históricos y sus funciones en la vida contemporánea) | 1976 |
Carta de Turismo Cultural. ICOMOS | 1976 |
Coloquio de Quito. (sobre la preservación de los centros históricos anteel crecimiento de las ciudades contemporáneas) | 1977 |
Carta de Florencia. ICOMOS. (sobre jardines y sitios históricos) | 1981 |
Carta de Burra. (para la conservación de lugares de significación cultural) | 1988 |
Documento de Nara sobre Autenticidad. UNESCO | 1994 |
Carta de Cracovia. (principios para la conservación y restauración del patrimonio construido) | 2000 |
Declaración de Xi’an. (sobre la conservación del entorno de las estructuras, sitios y áreas patrimoniales) | 2005 |
Memorándum de Viena. (sobre patrimonio mundial y arquitectura contemporánea) | 2005 |
Carta de Ename. ICOMOS. (para la interpretación de lugares pertenecientes al patrimonio cultural) | 2005 |
Carta sobre los Itinerarios Culturales | 2008 |
Los tiempos han cambiado. Otras culturas se han hecho escuchar, y sus divergencias con la occidental han enriquecido la visión que la humanidad tiene sobre sí misma y sobre su cultura. En este contexto hemos querido inscribir la discusión, poniendo como punto de inflexión a la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial (UNESCO, 1972) ya que sin duda constituye actualmente el instrumento más reconocido de cooperación internacional sobre el patrimonio y ha obligado de manera muy clara a ensanchar las visiones conceptuales de lo que hoy entendemos por bien cultural y natural.
Tabla 2. Marco normativo de la UNESCO. Convenciones de Cultura.
Nota: La tabla muestra la evolución de las Convenciones de Cultura de la UNESCO. Elaborado por F. J. López Morales, 2014, México.
Es importante reiterar nuestra convicción de que el éxito de la Carta de Venecia deriva sobre todo del sustento que le dan los valores éticos, que se expresan en el impulso moral ligado a la memoria compartida, el carácter de patrimonio del género humano que se otorga a los monumentos históricos más allá de fronteras y soberanías nacionales, o la justicia entre generaciones, que nos obliga a velar por el futuro del patrimonio que recibimos, y por último el rechazo a la falsificación, la búsqueda de la verdad y de la autenticidad.
La Carta de Venecia ya tiene cincuenta años. Lógicamente, la actitud de nuestros contemporáneos respecto al patrimonio monumental ha sufrido modificaciones. El mismo contenido del concepto de “monumento” ya no es el mismo. Las intervenciones modernas sobre los viejos monumentos se han multiplicado haciendo reflexionar nuevamente sobre los principios y los valores éticos de la salvaguardia. Por diversas razones del todo plausibles, las reticencias a embarcarse en la redacción de un nuevo documento doctrinal, o incluso en la modificación del texto original, siguen siendo muy vivas en el seno del ICOMOS, como lo han demostrado las diferente Asambleas Generales (Moscú 1978; Roma 1981; Lausana 1990; Bulgaria 1994; México 1999; Madrid 2003). No obstante, aunque la tarea es delicada, conviene implicarse en ello, con prudencia y sabiduría, con respeto hacia todas las culturas y, sobre todo, con un gran rigor ético e intelectual.